Por si os resultara de interés a aquellos que os pueda afectar, el pasado 21 de febrero se emitió una Instrucción de DGT sobre la adecuación de la definición de “APERO” a la normativa europea.
Mediante esta instrucción de la Dirección General de Tráfico y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, pretenden profundizar en la interpretación de la definición de “APERO” que contiene el Reglamento General de Vehículos, en relación con la maquinaria agrícola remolcada, con la finalidad de adecuarla a la definición contenida en el Reglamento UE 167/2013 y aclarar con ello, los requisitos para la circulación de los mismos.
Para abreviar en la extensión de mi noticia, me remito a resumirla:
“…. Deberá entenderse como “APERO” a la maquinaria intercambiable completamente levantada del suelo o que no pueda articularse alrededor de un eje vertical (lo que se consigue mediante el acoplamiento de la máquina al enganche tripuntal del tractor cuando el vehículo al que está unida circule por vías abiertas al tráfico”.
Por tanto…. los aperos que cumplan las condiciones mencionadas anteriormente, siempre que cumplan lo establecido en relación a masa y dimensiones en el IX del RGV, podrán circular por las vías abiertas al tráfico general, portados por el vehículo tractor. En los supuestos en que la ubicación de los aperos agrícolas dificulte la visibilidad de los dispositivos de señalización instalados en el tractor que los porta, el titular del mismo deberá instalar mientras circule, las señales adicionales que garanticen la visibilidad por el resto de usuarios de la vía.
Por otro lado la instrucción advierte que también se comercializan modelos de maquinaria de preparación del terreno que no cumplen con la interpretación de la definición de apero recogida en esta Instrucción y por tanto este tipo de maquinaria agrícola se debe homologar y matricular para circular en las vías abiertas al tráfico, así como cumplir la normativa relativa a circulación, inspección técnica de vehículos, seguro obligatorio, etc. En caso de que no estén matriculadas, podrán ser transportados por otros medios como remolques.
Espero que la información pueda ser de vuestro interés.
Buen viaje!