Hoy ha entrado en vigor la nueva modificación ROTT y en la que se incluye el CAP.
Este R.D. modifica concretamente las siguientes normas:
- Real Decreto 1211/1990, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
- Se modifica el régimen de obtención del certificado de competencia profesional para el transporte por carretera (Anexo II del ROTT).
- Orden FOM/3399/2002, de 20 de diciembre, por la que se establece un certificado de conductor para la realización de la actividad de transporte por conductores de terceros países
- Orden FOM/1353/2005, de 9 de mayo, por la que se regula el Comité Nacional del Transporte por Carretera.
- REAL DECRETO 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (CENTROS CAP)
- Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera
- Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, por la que se regula el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera.
- Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.
Son muchas las modificaciones, tanto las recién aprobadas y que se incorporan al ordenamiento regulador, como las que se derogan y que no cito dada su extensión.
En publicaciones posteriores iremos analizando el resto de normas que nos afectan por este proyecto.
Ahora lo hago en referente al CAP que es lo que más directamente afecta a los cursos que imparto y que cito a continuación.
Se modifica los días de antelación con los que hay que comunicar el curso a la administración, disponiéndose los siguientes plazos de notificación:
- 10 días de antelación a la fecha de inicio del curso (antes ya era así)
- 24 horas de antelación a su inicio, para notificar (incluir) alumnos que participen en el curso (nuevo)
- Formación avanzada sobre conducción racional que se podrá realizar en el vehículo o en un simulador (Herramienta que ya dispongo desde hace un año)
- Se establece para el control de asistencia que los centros dispongan de un SISTEMA DE CONTROL DE ACCESO BIOMÉTRICO DIGITAL que cumpla las características que determine la Dirección General de Transporte Terrestre.